¿Cuándo es necesario un Delegado de Protección de Datos?
Hablamos del Delegado de Protección de Datos o DPD. Es la persona responsable de realizar la supervisar, monitorizar y vigilar el cumplimiento de la LOPD. Lo ha de hacer de forma independiente y confidencial. Puede pertenecer a la propia organización como un trabajador/a o pertenecer e una empresa externa.
En Liñán este es uno de nuestros servicios. Actuamos como DPD de numerosas empresas y organizaciones tanto públicas como privadas.
Existen entidades que están obligadas por ley a contar con un DPD. También es posible designar un Delegado de forma voluntaria. Os recordamos que podéis consultar los DPD de cualquier empresa en la AEPD.
En este aspecto existe mucha confusión. Muchas empresas de protección de datos «obligan» a sus clientes a contar con un DPD. Aprovechan el desconocimiento y atemorizan a estas para que contraten este servicio.
Nuestra compañera Mar os explica qué empresas y organizaciones han de contar con un DPD obligatoriamente.
Recuerda, en Liñán te ofrecemos además de Protección de Datos un servicio de consultoría y formación en seguridad de la información. Consúltalo todo en nuestra sección servicios.
“Es buen negocio invertir en PRIVACIDAD”.